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El único detenido por el secuestro de casi 500 kilos de cocaína será liberado

El secuestro de media tonelada de droga desató una fuerte tensión judicial entre Jujuy y la Justicia Federal por una cuestión de competencia jurisdiccional. La intromisión del MPA en un caso narco, pudo haber «entorpecido» otras investigaciones federales, señalaba el fiscal Federal Federico Zurueta.

Tras la polémica desatada, el Ministerio Público de la Acusación local aceptó la inhibitoria y el caso pasó al fuero Federal.

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Ya en el ámbito de la justicia nacional, se conoció una importante novedad en torno a la causa: el único detenido por los casi 500kg de droga encontrados en La Quiaca recuperará su libertad en las próximas horas.

Según información a la que tuvo acceso JujuyalMomento, luego de la audiencia de formalización llevada adelante en los últimos días, el Juzgado interviniente resolvió declarar la ilegalidad de la detención de Moreira Ayala Carlos y ordenó su inmediata liberación, al concluir que no se encontraba formalmente imputado ni existía causa legal válida que justificara la privación de su libertad. Asimismo, el Tribunal tuvo por no formalizada la acusación, dejando sin efecto la investigación preliminar impulsada en sede provincial, y advirtió que ningún dispositivo electrónico perteneciente a la persona liberada puede ser peritado, ni abierto, por carecer de sustento legal y violar derechos fundamentales.

La resolución también expresó serias observaciones sobre la legalidad de los elementos colectados por la Fiscalía provincial durante la etapa previa. En esa línea, la judicatura federal instó expresamente al Ministerio Público Fiscal a acreditar el origen legítimo de cada uno de los objetos secuestrados, advirtiendo que, de no demostrarse su obtención legal, se dispondrá la nulidad absoluta de todo el material probatorio incorporado hasta el momento.

Este caso deja en evidencia la necesidad de respetar rigurosamente los procedimientos constitucionales en toda actuación estatal, y reafirma que la libertad y los derechos fundamentales de las personas no pueden ser limitados sin fundamento legal suficiente y sin control judicial efectivo.

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