InicioSociedadEl MPA le hizo observaciones al Consejo de la Magistratura

El MPA le hizo observaciones al Consejo de la Magistratura

A partir de allí, comenzaron a concretarse reuniones de diputados con el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ekel Meyer y otras autoridades y jueces. Las mismas sirvieron para concretar avances y encaminar la normativa hacia su sanción.

En el inicio de esta se dio un nuevo encuentro para definir los últimos detalles y se habló de una etapa final para su implementación.

Sin embargo, este viernes los legisladores recibieron al Procurador General y principal referente del Ministerio Público de la Acusación, Sergio Lello Sánchez quien hizo una serie de observaciones y aportes que considera vitales incorporar.

Sergio Lello Sánchez sobre el Consejo de la Magistratura:

“Hemos sido convocados justamente con el Procurador General de Asuntos, el doctor Paschini, porque en su momento convocaron a la Comisión Redactora del proyecto, pero por algún motivo no nos convocaron. Entonces ahora la Comisión nos convoca para ver qué podemos decir respecto al proyecto que está en tratamiento en el ámbito de la Legislatura, vinculado al Consejo de la Magistratura y el jury de enjuiciamiento, como lo prevé la nueva Constitución de la provincia. Y en ese sentido, teníamos varios reparos vinculados al proyecto y algunos aportes. Y en general el proyecto es muy bueno, creo que es un avance enorme institucionalmente hablando, pero queríamos también poner en conocimiento algunas cuestiones que hemos advertido del mismo”.

Hay algunos temas vinculados a cuáles son las causales para remover jueces, fiscales y defensores que estaban indefinidas en el proyecto, porque no es lo mismo las exigencias que se les puede dirigir a un fiscal que a un defensor, que a un juez. Cada uno tiene un rol diferente, por lo tanto pueden incurrir en diferentes casos de mal desempeño. Si bien hay causales genéricas de mal desempeño, esa redacción estaba bastante imprecisa en el proyecto. Nosotros tomamos como base las pautas jurisprudenciales establecidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre qué se considera mal desempeño para un fiscal, qué se considera mal desempeño para un juez, qué se considera mal desempeño para un defensor. Ese es un aporte que creo que es muy importante en términos del principio de legalidad y el orden, desde el punto de vista de la redacción, a la eventual remoción de un juez, un defensor o un fiscal por parte del jury de enjuiciamiento”.

También no se había contemplado en el proyecto la posibilidad de recurrir la decisión recaída por el jury de enjuiciamiento relativa a una absolución o a una remoción, como lo indica el artículo 215 de la Constitución Provincial. No estaba prevista la posibilidad de recurso, esa es otra observación que hicimos. Y luego algo que consideramos también muy importante, como el Ministerio Público de la Acusación integra el Consejo de la Magistratura, había sido excluido de algunas decisiones de funcionamiento de tipo institucional que se habían centrado preponderantemente en el Poder Judicial y como miembros del Consejo de la Magistratura, tenemos que tener injerencia en relación a algunas decisiones de funcionamiento o estructurales del Consejo de la Magistratura, como el régimen disciplinario de los propios integrantes del Consejo de la Magistratura, la designación del personal del Consejo de la Magistratura y otras decisiones de tipo institucional, porque en el proyecto solo se contemplaba la convocatoria de los ministerios públicos a los fines de seleccionar fiscales o defensores o remover fiscales o defensores. Sin embargo, como integramos el Consejo de la Magistratura, creo que tenemos que participar de todas las decisiones de funcionamiento del Consejo de la Magistratura”.

“Imagino que hubo observaciones y está en estudio de los se diputados y así como nosotros hicimos observaciones, harán observaciones el resto de los estamentos, por lo que resta analizar las mismas, si se incorporan o no al proyecto que está en tratamiento. Considero que hay que avanzar con esto, como también hay que avanzar con la ley de jurado de juiciamiento, que son dos leyes muy importantes por el funcionamiento institucional de la provincia en los términos que fue diseñado por el constituyente en el año 2023. Es de esperar que sea antes de fin de año, porque por lo pronto, en lo que tiene que ver con el Ministerio Público de la Acusación, necesitamos este instrumento legal para la convocatoria a los concursos”.

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