Dos fallos de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires confirmaron multas a Rappi y Pedidos Ya por incumplimientos laborales, estableciendo que los repartidores son trabajadores dependientes, un criterio que impacta en el debate sobre la regulación del sector.
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires confirmó, mediante dos fallos, que los repartidores que trabajan para aplicaciones como Rappi y Pedidos Ya son trabajadores en relación de dependencia. Las resoluciones ratifican multas aplicadas contra estas empresas por incumplimientos en materia de seguridad, higiene y falta de registración laboral.
Los jueces del máximo tribunal provincial validaron sentencias previas de los tribunales del Trabajo y los dictámenes de la Procuración General bonaerense, que a su vez habían respaldado la actuación del Ministerio de Trabajo provincial al imponer las sanciones en 2021. En el caso de Rappi, la multa original ascendía a 16 millones de pesos.
En su fundamentación, el tribunal destacó que la prestación de servicios de los repartidores para la plataforma estaba probada y había sido incluso reconocida por la propia empresa en sus descargos. Los magistrados Hilda Kogan, María Florencia Budiño, Daniel Soria y Sergio Torres interpretaron que la relación encuadra en el artículo 21 de la Ley de Contrato de Trabajo, que define como trabajador a quien realiza una tarea bajo relación de dependencia a cambio de una remuneración.
Las empresas, que habían apelado las decisiones, debieron abonar las sanciones para poder recurrir. Solo una eventual decisión en contrario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación les permitiría recuperar los montos. Este criterio judicial se alinea con un fallo anterior de la Corte de Justicia de Santa Fe de 2022, que condenó a Pedidos Ya por una situación similar.
Las resoluciones se enmarcan en un amplio debate sobre la regulación laboral en la economía de plataformas y ponen en discusión figuras como la del «colaborador independiente».
