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Cédula azul para circular ¿sí o no?: la Agencia de Seguridad Vial aclaró todo

El Gobierno Nacional decidió eliminar la cédula azul y la fecha de vencimiento de la cédula verde, con el objetivo de simplificar los trámites y la cantidad de documentos para circular en el país. Sin embargo, y a horas del anuncio, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) realizó una importante aclaración ante la confusión  generado sobre la vigencia de las medidas.

La ANSV aclaró que –  por el momento- se mantienen los requerimientos de la ley vigente con respecto a la documentación solicitada para la circulación en vehículos en todo el territorio nacional. 

”Esto será así hasta se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas este viernes 3 de mayo de 2024″,  precisaron a través de un comunicado de prensa. 

Y por ello, reiteraron que durante los controles vehiculares que el organismo nacional realiza junto a las jurisdicciones locales se continuará solicitando a los conductores la documentación que requiere la ley vigente a la fecha”, lo que incluye la portación de la cédula azul para quienes conduzcan un vehículo que no es de su propiedad.

CUÁLES SON LOS DOCUMENTOS Y ELEMENTOS OBLIGATORIOS PARA CIRCULAR

 🔹Documento Nacional de Identidad (DNI).

🔹Licencia Nacional de Conducir.

🔹Cédula verde y/o azul.

🔹Comprobante de seguro vigente.

🔹Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica

🔹Vehicular (VTV).

🔹Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.

🔹Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

De igual manera, desde el organismo no confirmaron de forma oficial cuándo comenzará a regir la no portación de la cédula azul.  Por lo que hasta tanto se oficialice, será necesario seguir portándola en caso de no usar un vehículo propio.

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